El plazo para solicitar ayudas e incentivos para Pymes en Andalucía finaliza el 31 de Mayo de 2016, El procedimiento de concesión de estas subvenciones no es competitivo, y está destinado al incentivo del desarrollo industrial y la creación de empleo en pequeñas y medianas empresas.
La Concejalía de Empleo, Empresa y Comercio, realiza esta convocatoria para 2016 destinadas al sector industrial. Estas ayudas e incentivos están principalmente destinadas a facilitar la inversión en infraestructuras, o mejoras de las mismas, favoreciendo el desarrollo de las mismas y la creación de empleo.
Los incentivos son de tipo subvenciones, bonificaciones de tipo de interés o préstamos a bajo interés. Los detalles de dichos incentivos los puede consultar en el boletín de las bases reguladoras, donde también especifica en el artículo 9 las inversiones y gastos incentivables en esta convocatoria, los cuales se determinarán por los conceptos de inversión de los siguientes tipos (puede obtener la información detallada el artículo 9 del boletín de bases reguladoras, pág 11):
- Adquisición de terrenos para la implantación del proyecto, en este caso, el incentivo podrá alcanzar un máximo del 10% de la inversión total del proyecto.
- Movimiento de tierra, acometidas de servicios, naves y construcciónes…
- Bienes de equipos de procesos o auxiliares
- Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general, así como de Software.
- Planificación, ingeniería y dirección
- Otros materiales no incluidos en apartados anteriores, y necesarios para el proyecto, ya sean adquiridos o arrendados.
- Inversiones en adquisición de patentes, licencias de explotación o uso de conocimientos técnicos patentados.
Se especifica también la inversión que no implique la nueva adquisición de terremo o local, sino, la adecuación o mejora de un establecimiento ya existente. En este caso las condiciones son distintas, pudiendo adquirir incentivos por los costes de la adquisición de activos a terceros, siendo lo más importante será no tener relación con el vendedor.
- Ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- Ser realizados en Andalucía.
- Contar con contribución mínima del beneficiario del 25% de la inversión incentivable, libre de toda ayuda, incluida la ayuda de mínimis.
- Mantener las inversiones a realizar y los empleos generados en Andalucía, al menos, durante tres años a contar desde la justificación de las inversiones o a partir de la fecha en que el puesto de trabajo se haya cubierto por primera vez. En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inscribibles en un registro público, las inversiones se mantendrán durante cinco años.
- No estar iniciados a la fecha de la presentación de la solicitud.
1 comentario sobre “Ayudas e incentivos para empresas, plazo hasta mayo”
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