La Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, conforme a lo publicado en el BOJA nº 85, de fecha 4 de mayo de 2010, abre el plazo de la segunda convocatoria correspondiente al año 2010 de las Ayudas al establecimiento y mantenimiento como trabajador/a autónomo/a. REQUISITOS
A) PARA AYUDAS AL ESTABLECIMIENTO COMO AUTÓNOMO. Haber iniciado su actividad en los 6 meses anteriores al 1 de septiembre de 2010 y acreditar que en el mismo día o en el anterior a su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, se encontraba en situación legal de desempleo.
B) PARA AYUDAS AL MANTENIMIENTO COMO AUTÓNOMO. Llevar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, un mínimo de un año y un máximo de tres años, a contar desde el 1 de septiembre de 2010.
CUANTÍA
• La ayuda para el establecimiento será una cantidad que podrá oscilar entre los 5.000 y los 10.000 euros en función de las características del trabajador autónomo.
• La ayuda para el mantenimiento podrá alcanzar hasta los 4.000 euros destinados a financiar gastos e inversiones ya realizados y pagados por parte del trabajador autónomo/a en los 6 meses anteriores al 1 de septiembre de 2010.
PLAZO
Se podrá solicitar la ayuda y entregar la documentación que corresponda en el Ayuntamiento hasta el día 30 de septiembre de 2010.