Becas de formación en materia de comercio interior

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan becas de formación en materia de comercio interior para el año 2009.

La Orden de 20 de septiembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, regula las becas de formación en materia de comercio interior (Modalidad 4).

El artículo 8.2 de la citada Orden, estipula que las convocatorias se efectuarán anualmente, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias, mediante Resolución del órgano competente por Delegación del titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 y su artículo 8.4 expresa el contenido mínimo de las convocatorias. En su virtud y por delegación del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, R E S U E L V O

Convocar becas para la formación en materia de comercio interior, con arreglo a las siguientes condiciones:
a) Número de becas que se convocan: 16.
b) Duración de las becas: 12 meses.
c) Cuantía bruta de las becas: 16.098 euros.
d) Asignación bruta para realización del curso de formación: 625 euros.
e) Titulación de acceso: Título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, o título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente. En el caso de que alguno de los adjudicatarios tenga una titulación específica que se requiera en la Dirección General de Comercio, se le adjudicará el destino de la Dirección General de Comercio independientemente de la puntuación.
f) Plazo de presentación de solicitudes: 20 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
g) Publicación de actos y resoluciones: Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados se publicarán en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sito en calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y en la página web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en la dirección www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte, en los términos del artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los
mismos efectos.Cuando se trate de la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos y de la resolución que pone fin al procedimiento, se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un extracto del contenido de la resolución o acto, indicando los tablones de anuncios referidos en el párrafo anterior donde se encuentra expuesto su contenido íntegro y, computándose el comienzo del plazo de que se trate, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en dicho Boletín Oficial.h) Composición de la Comisión de Selección:
Presidente: Rafael Rodríguez de León García.
Vocales: Macarena Martínez García-Otero.
Ana M.ª Gutiérrez Filgueras.
Secretaria: M.ª del Carmen Zorrero Camas.

2. Las becas están cofinanciadas por la Comunidad Europea, incluidas en el Programa Operativo de Fondo Social Europeo 2007-2013 para Andalucía.

3. Entidades Colaboradoras en la formación:
De conformidad con el artículo 33 de la Orden, se abre el plazo de un mes para la presentación de solicitudes conforme al modelo que figura como Anexo 2, para adquirir la condición de entidad colaboradora en la formación a que se refiere el artículo 32 de la referida Orden, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de
la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Autor entrada: Redaccion

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