Convocatoria de los carnet de instaladores del sector de la construcción

Plazo de solicitud: se inicia el 1 de diciembre, tendrá una duración de 15 días hábiles.

CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA
RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan pruebas de aptitud para la obtención de certificados o carnés de instaladores autorizados en sus distintas modalidades.

Esta Dirección General acuerda realizar la presente convocatoria,
según las siguientes bases:

Primera. Objeto.
1.1. Es objeto de esta Resolución la convocatoria extraordinaria de pruebas a celebrar en cada una de las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la obtención del certificado o carné de instalador/mantenedor autorizado, de responsable de taller y de operador, como desarrollo de la Orden de 12 de noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se regulan las convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de
industria, energía y minas. 1.2. Se convocan las siguientes modalidades:
a) Instalaciones de Gas (Instalador categorías A, B y C).
b) Instalaciones de Productos Petrolíferos Líquidos (Instalador categorías I, II y III).
c) Instalaciones térmicas de edificios según RITE 1998 (Instalador categorías A y B).
d) Instalaciones térmicas de edificios según RITE 1998 (Mantenedor categorías A y B).
e) Instalaciones térmicas de edificios según RITE 2007.
f) Instalaciones interiores de Agua (Instalador).
g) Instalaciones de Frío Industrial (Instalador y Conservador/Reparador).
h) Operador de Calderas.
i) Operador de Calderas de Recuperación de Lejías Negras.
j) Operador de Grúa Torre.
k) Operador de Grúa móvil autopropulsada (categorías A y B).
l) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras.
m) Electricista minero.
n) Vigilante de obras subterráneas y mineras de interior.
o) Responsable técnico de taller.

1.3. Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio teórico tipo test sobre la materia definida en la reglamentación aplicable. En los casos en que así esté establecido en su reglamentación específica se realizará con posterioridad un ejercicio práctico.

Segunda. Solicitudes.
Las instancias solicitando la participación en las pruebas se presentarán conforme a lo establecido en la Orden de 11 de noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se aprueba la tramitación telemática de los procedimientos administrativos de examen.

Para ser admitidos en las pruebas bastará con que los solicitantes manifiesten y declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la reglamentación vigente para las modalidades a las que se presentan, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y abonen las tasas de inscripción de la convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de diciembre de 2008 y tendrá una duración de 15 días hábiles.

Tercera. Tasas.
La tasa aplicable es de 7,70 euros para todas las modalidades salvo la de operador de maquinaria minera, a la que corresponde una tasa de 70,56 euros.

Cuarta. Fecha de celebración de las pruebas.
El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas en cada provincia se establecerán en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos, según se establece en el artículo 8 de la Orden de 12 de noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se regulan las convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas.

Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, y coincidirá la fecha y hora de su celebración en todas las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinta. Documentación para la expedición del carné o certificado.
Una vez superadas las pruebas, la expedición del carné o certificado correspondiente será previa solicitud al efecto, que habrá de presentarse en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa donde superó las pruebas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, acompañada de la documentación que para cada modalidad se señala en el Anexo.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Excmo.

Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 13 de noviembre de 2008.- La Directora General,
Eva María Vázquez Sánchez.

A N E X O
DOCUMENTACIÓN, POR CATEGORÍAS, A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO O CARNÉ, UNA VEZ SUPERADAS LAS PRUEBAS

a) Instalador de Gas (categorías A, B y C).
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.

b) Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos (categorías I, II, III).
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.
– Documentos acreditativos de la experiencia:
– Certificado de empresas en las que ha desarrollado la actividad profesional en cuestión.
– Carné profesional de categoría inferior a la que se solicita (en su caso).

c) Instalador/Mantenedor, especialidad en Climatización, según RITE 1998.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.
– Certificado emitido por entidad autorizada de haber seguido y superado el curso reglamentario.

d) Instalador/Mantenedor, especialidad en Calefacción y Agua Caliente Sanitaria, según RITE 1998.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios
– Certificado emitido por entidad autorizada de haber seguido y superado el curso reglamentario.

e) Instalador/Mantenedor, especialidad en Instalaciones térmicas de edificios, según RITE 2007.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.
– Certificado emitido por entidad autorizada de haber seguido y superado el curso reglamentario.

f) Instalador Interiores de suministro de Agua (Fontanería).
– Dos fotografías tamaño carné.

g) Instalador/Conservador-Reparador frigorista.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.

h) Operador industrial de Calderas.
– Dos fotografías tamaño carné.

i) Operador industrial de Calderas de Recuperación de Lejías Negras.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Certificación por parte del comité permanente de seguridad
y utilización de calderas de recuperación de lejías negras.

j) Operador de Grúas Torre.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.
– Certificado emitido por entidad autorizada de haber seguido y superado el curso reglamentario.
– Certificado de examen médico de aptitud.

k) Operador de grúa móvil auto propulsada-Categorías A y B.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la formación:
– Título académico o certificado de estudios.
– Certificado emitido por entidad autorizada de haber seguido y superado el curso reglamentario.
– Certificado de examen médico de aptitud.

l) Operador de Maquinaria móvil en explotaciones mineras.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Declaración jurada del interesado, haciendo constar que conoce el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y los riesgos laborales de la máquina a emplear.
– Documentos acreditativos de la formación y experiencia:
– Certificado del Director Facultativo de la explotación minera a la que pertenece el solicitante, de cumplimiento del punto 5.1 de la ITC-MIE-SM-07.1.03. y/o punto 5 de la ITC-MIE-SM-04.5.04.
– Certificado de examen médico de aptitud.

m) Electricista minero.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Declaración jurada del interesado, haciendo constar que conoce el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y los riesgos laborales asociados a la actividad a desarrollar.
– Documentos acreditativos de la formación y experiencia:
– Título académico o certificado de estudios, o
– Certificado del Director Facultativo de la explotación minera a la que pertenece el solicitante, de cumplimiento del punto 2.2.a) de la ITC-MIE-SM-09.0.10.
– Certificado de examen médico de aptitud.

n) Vigilante de obras subterráneas y mineras de interior.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Declaración jurada del interesado, haciendo constar que conoce el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y los riesgos laborales asociados a la actividad a desarrollar.
– Documentos acreditativos de la formación y experiencia:
– Certificado del Director Facultativo de la explotación minera a la que pertenece el solicitante, de cumplimiento del punto 6.6 de la ITC-MIE-SM-04.6.02.
– Certificado de examen médico de aptitud.

o) Responsable Técnico de taller de reparación de vehículos.
– Dos fotografías tamaño carné.
– Documentos acreditativos de la experiencia:
– Certificación del órgano competente de la Seguridad Social de que ha trabajado en un taller de la misma rama un mínimo de cinco años con categoría profesional de Oficial de Segunda o Superior o equivalente. Deberá complementarse con un certificado de empresa, o cualquier otro documento acreditativo, que contenga los períodos trabajados dentro de cada categoría profesional, cuando estos
datos no figuren en la anterior certificación.

Autor entrada: Redaccion

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