Publicado en BOJA las ayudas de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
Orden de 9 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía.
Resumen de Comercio:
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 4 al 31 de enero de cada año.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: Hasta el 50% de la inversión. REQUISITOS PARA PODER SOLICITAR LAS AYUDAS:
Estar inscrito en Sección I del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía antes de la solicitud.
Ejercer en Andalucía, con establecimiento comercial permanente en dicho territorio y que cuenten con una preexistencia de al menos dos años ininterrumpidos de antigüedad.
Realizar una actividad comercial incluida en los epígrafes I.A.E relacionados.
Que no hayan obtenido de la Consejería subvenciones para las mismas actuaciones en los dos ejercicios anteriores al que se solicita.
Que la suma total de trabajadores de sus centros dependientes no sea superior a 30 trabajadores. En el caso de Pyme franquiciadora no será superior a 50.
Más info: [url=http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2009/247/d/1.html]BOJA[/url]