La Consejería de Empleo convoca subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación. Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente de su publicación en el BOJA durante todo el año y de forma ininterrumpida.
ORDEN de 15 de mayo de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo con compromiso de contratación.
La Comunidad Autónoma de Andalucía mantiene como uno de sus primordiales objetivos el de la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción, tal y como se establece en el artículo 10.3, apartado 1.º, del Estatuto de Autonomía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo. En tal sentido y encaminado a tal fin, en el artículo 63.1 del propio Estatuto de Autonomía, se determina que corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en materia de empleo y relaciones laborales, entre las que se incluyen, según el apartado 1.º del mismo texto legal, las políticas activas de empleo, las cuales comprenderán, entre otras materias, la formación de los demandantes de empleo y de los trabajadores en activo, así como la gestión de las subvenciones correspondientes. Tales circunstancias implican la configuración de la Formación Profesional para el empleo, en un mercado laboral cada vez más dinámico y exigente, como un elemento clave y de naturaleza estratégica cuyo objetivo es facilitar la incorporación lo más rápida posible al mismo de las personas que carecen de un empleo o bien actualizar, reciclar y recualificar los conocimientos profesionales de los ciudadanos y ciudadanas que ya disponen de un puesto de trabajo, todo ello en el marco de una economía cada vez más competitiva y globalizada.
Las anteriores consideraciones han de tener aún si cabe, más en cuenta, el difícil escenario socio-económico que se ha planteado debido a las graves consecuencias que en el mercado laboral está acarreando la situación de crisis económica mundial, que igualmente afecta a nuestra Comunidad Autónoma, lo que implica que la Administración Autonómica redoble los esfuerzos para contrarrestar los efectos negativos que provoque en el empleo.
Desde el punto de vista jurídico-administrativo, se está procediendo actualmente a la elaboración de la nueva normativa en nuestro ámbito competencial que se adapte a lo dispuesto en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo. Ello determinó que, mediante Orden de esta Consejería de 29 de octubre de 2008 se derogase la Orden de 12 de diciembre de 2000, que en su momento desarrollaba los Programas de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía, entre ellos, el Programa de Impartición de Acciones Formativas con Compromiso de Contratación.
En consecuencia: las razones expuestas de la actual situación del mercado laboral de Andalucía aconsejan la publicación de esta Orden para posibilitar la apertura indefinida del Programa de Acciones de Formación para el Empleo con Compromiso de Contratación, como una herramienta más para conseguir que ciudadanos y ciudadanas de nuestra Comunidad Autónoma consigan un puesto de trabajo de calidad, tras recibir una formación adecuada al mismo.
Las subvenciones y ayudas en aras de ofrecer una respuesta ágil y rápida a la demanda del mercado laboral, se concederán de forma directa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo y la Disposición final tercera de la Orden TAS/718/2008 por el que se desarrolla dicho Real Decreto y según el procedimiento establecido en el Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional.
Por todo ello, consultados los Agentes Económicos y Sociales miembros del Consejo Andaluz de Formación Profesional y del Consejo de Administración del Servicio Andaluz de Empleo, previa la emisión de los informes preceptivos, a propuesta de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, según artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Más información en el BOJA nº 101 de 28 de Mayo, páginas 6 a 14. www.juntadeandalucia.es/BOJA