XV edición Premios Bancaja Jóvenes Emprendedores

425.000 EUROS EN PREMIOS.
Plazo de presentación hasta el 30 de junio de 2009.

Bancaja, con el objeto de contribuir al desarrollo socioeconómico de su zona de actuación, potenciar el espíritu emprendedor, incentivar la innovación y diversificación, y apoyar las iniciativas empresariales de los jóvenes, convoca la XV Edición de los Premios Bancaja Jóvenes Emprendedores.

BASES:

1.- Constituye el objeto de este concurso el desarrollo y puesta en marcha de proyectos empresariales, que deberán ubicarse en localidades del territorio nacional, realizados por jóvenes de hasta 35 años (inclusive), bien de forma individual o colectiva. Se debe tener presente que la mayoría de socios y capital corresponderá a jóvenes de hasta 35 años. 2.- Se establecen tres categorías diferentes a premiar:

EMPRESAS DE BASE TECNOLÓGICA: 5 PREMIOS DE 30.000 € Y 5 PREMIOS DE 15.000 €

Para empresas ya en funcionamiento y que sean productoras de bienes y servicios. Deben estar comprometidas con el diseño, desarrollo y producción de nuevos productos y/o procesos de fabricación innovadores, a través de la aplicación sistemática de conocimientos técnicos y científicos.

Se considerarán empresas de base tecnológica aquellas que reúnan alguna/s de las siguientes características:

+ Que operen en sectores industriales de alta tecnología.
+ Que cuenten con altos niveles de inversión en I+D+i
+ Que posean alguna protección legal de la innovación descrita.
+ Que conviertan el conocimiento tecnológico en nuevos productos o procesos para su introducción en el mercado.

EMPRESAS TRADICIONALES Y/O SOCIALES: 10 PREMIOS DE 10.000 €

Para empresas ya en funcionamiento y que sean productoras de bienes y servicios relacionados con los sectores tradicionales y/o enfocadas a la mejora social.

PROYECTOS DE EMPRESAS: 20 PREMIOS DE 5.000 €

Para iniciativas, de cualquier sector, no puestas en marcha y que presenten un plan de empresa desarrollado. Se valorará que el proyecto se encuentre en su fase final y esté próxima la creación de la empresa.

3.- En las categorías de “Empresas de Base Tecnológica” y de “Empresas Tradicionales y/o Sociales”, se requiere que el plazo de puesta en marcha y funcionamiento de la empresa no sea superior a 42 meses (3,5 años). En la categoría de “Proyectos”, será condición indispensable para cobrar la totalidad del premio que la empresa se constituya en los 6 meses siguientes a la resolución y publicación de los premios.

4.- Cada proyecto será analizado basándose en el estudio técnico de la actividad que presente el emprendedor. Este estudio deberá contener el análisis detallado de todas las áreas de la empresa (marketing, comercialización, producción, recursos humanos, inversiones, económico-financiero y su forma jurídica) que demuestre la viabilidad del proyecto y su cronograma de ejecución.

5.- Se valorará la incorporación de elementos innovadores o diversificadores en el proyecto. Se considerará la generación de empleo estable y en especial de jóvenes o de discapacitados; así como los proyectos que se emplacen en zonas rurales o de menor desarrollo. Se hará constar las medidas adoptadas para preservar el medio ambiente.

6.- Será condición imprescindible que el importe de los premios sea utilizado en el desarrollo de los proyectos premiados. El premio se abonará en cuentas de Bancaja, abiertas a nombre de los premiados, de forma fraccionada de la siguiente manera:

* la primera mitad el día del acto de entrega de los premios.
* la segunda mitad transcurridos 6 meses desde esta fecha, después de comprobar la correcta evolución o creación de la empresa.
* En el caso de “Empresas de Base Tecnológica” una vez entregado el premio de los 15.000 €, se procederá al análisis de los proyectos para entregar los cinco premios adicionales del mismo importe a aquellos proyectos que destaquen por su trayectoria y proyección de futuro.

A las citadas cantidades, se les practicarán las correspondientes deducciones fiscales que marca la legislación vigente.

En la categoría de Proyectos, si en el momento de recibir la primera parte del premio, no se hubiese constituido todavía la empresa; el cobro del importe del premio se efectuará a nombre de la persona que figure como titular del proyecto (según se indica en la hoja de inscripción del anexo). Además, si en el plazo de 2 meses desde la fecha de este primer pago, no se creara la empresa y, por tanto, no existiera persona jurídica, el importe cobrado se imputaría a efectos fiscales a nombre de la persona física (titular del proyecto) que lo haya cobrado.

Si alguno de los proyectos premiados no cumpliera con los objetivos descritos en el proyecto presentado o con estas bases, el importe pendiente del segundo pago del premio quedará a disposición de Bancaja.

7.- La documentación a presentar de cada empresa o proyecto deberá constar de:

* Resumen ejecutivo (extensión máxima de 3 páginas).
* Plan de empresa, conteniendo el análisis de todas las áreas de la empresa antes citadas (extensión máxima de 60 páginas.)
* Anexos con la información y documentación que se considere oportuna. (fotocopias de los DNI, alta censal, escritura de constitución…)

En cualquier caso, será necesaria la presentación de toda aquella documentación que acredite el cumplimiento de lo descrito en las bases.

8.- Los proyectos y la documentación que los acompañe deberán presentarse, hasta el 30 de junio de 2009, en cualquiera de las sedes de la Obra Social de Bancaja o en cualquier oficina de Bancaja.

Los proyectos y la documentación irán por duplicado y en formato papel A4 junto con la “solicitud de inscripción”, debidamente cumplimentada, que figura como anexo a estas bases; la fotocopia de los DNI de sus integrantes y los documentos necesarios para acreditar la puesta en marcha de las empresas que estén ya creadas (CIF, licencia fiscal y escritura de constitución). Toda esta documentación estará debidamente encuadernada en espiral y en formato A-4.

Los proyectos deberán estar redactados en castellano.

La documentación presentada quedará en poder de la Fundación Bancaja. En el caso de que las empresas participantes y los titulares de los proyectos soliciten la devolución de la documentación, se devolverá solamente uno de los ejemplares presentados al premio, dado que la Fundación Bancaja debe mantener en su poder, como mínimo, una copia para justificar los proyectos presentados a la convocatoria.

9.- La evaluación y resolución de los proyectos será llevada a cabo por una comisión paritaria formada por representantes del CEEI Valencia y de Bancaja, los cuales se comprometen a mantener la confidencialidad de los proyectos empresariales recibidos. La resolución del concurso será inapelable y se hará pública en el mes de diciembre de 2009 en www.bancaja.es/obrasocial.

10.- Los premios podrán no adjudicarse y declararse desiertos.

El jurado podrá, en función de la calidad de los proyectos presentados, dejar alguno o algunos de los premios sin otorgar en cualquiera de las tres categorías que componen este premio.

11.- La participación en este concurso supone la aceptación de las presentes bases.

Información y presentación de proyectos:
En cualquier oficina de Bancaja. Puedes informarte de nuestra red de oficinas en www.bancaja.es en el apartado “Mapa de Oficinas”.

Autor entrada: Redaccion

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